martes, 17 de octubre de 2023

GOBIERNO DE DESCARADOS (SÍ, Y ATORRANTES TAMBIÉN)

Crispi es uno de los atorrantes del gobierno de atorrantes. Crispi es un descarado del gobierno de descarados. Crispi es parte de la banda gobernante que llegó al gobierno con la única finalidad de robar, lo que ha quedado más que demostrado, y quien lo niegue, miente.

 

El Boric, el Winter, el Grau, la Vallejo, el Marcel, el Crispi, etc, etc, etc… Todos ellos son parte de la mismo, y quien lo niegue, miente. A toda esta gentuza la conocemos desde hace años, todos ellos son hijos de las protestas, de las universidades tomadas, de las promesas de un mundo creado para giles vagos, oportunistas y sinvergüenza que pretenden vivir del trabajo ajeno.

 

Todos ellos son amigotes de contubernios, de tomateras, de protestas, de interminables intercambios de camas. Son una casta frívola y envilecida que pretende controlar y robar a los demás.

 

El Crispi (esta vez le tocó a él), intentó hacer creer que los millones que recibe mensualmente no lo convierten en empleado de todos los chilenos que le pagan esa inmerecida cantidad de dinero, por lo tanto, no debe dar explicaciones de sus actos, el lindo es un asesor, ¿o será un experto? El sinvergüenza se manda solo, hace lo que le parece y a su antojo, no debe rendir cuentas, mientras se ríe en la cara de todo el mundo.  https://www.emol.com/noticias/Nacional/2023/10/12/1109740/estrategia-gobierno-sortear-mal-crispi.html

 

Luego de negarse a rendir cuentas, la contraloría le dijo lo contrario. Y ojo que este contralor deja demasiado que desear, aun así, esta vez hizo su trabajo. https://www.emol.com/noticias/Nacional/2023/10/16/1110109/contralor-crispi-duro-reves-gobierno.html

 

La respuesta de Crispi, un descarado, un miserable, fue esta: https://www.emol.com/noticias/Nacional/2023/10/17/1110273/crispi-se-allana-a-comision.html

 

Estamos en manos de un grupo de gentuza que solo manifiesta día a día la miseria moral de la que están hechos, mientras se jactan impúdicamente de sus miserias.

 

 

18 comentarios:

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  2. Serán cargos de la exclusiva confianza del Presidente de la República o de la autoridad facultada para efectuar el nombramiento:

    a) Los cargos de la planta de la Presidencia de la
    República;

    b) En los Ministerios, los Secretarios Regionales Ministeriales y los Jefes de División o Jefaturas de niveles jerárquicos equivalentes o superiores a dichas jefaturas, existentes en la estructura ministerial,
    cualquiera sea su denominación;

    c) En los servicios públicos, los jefes superiores de los servicios, los subdirectores, los directores regionales o jefaturas de niveles jerárquicos equivalentes o superiores a dichas jefaturas, existentes en la estructura del servicio, cualquiera sea su denominación.

    Se exceptúan los rectores de las Instituciones de Educación Superior de carácter estatal, los que se regirán por la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza, la Ley sobre Universidades del Estado y los estatutos orgánicos propios de cada Institución.

    Artículo 7º, Ley 18834 (Estatuto Administrativo)

    Artículo 61.- Serán obligaciones de cada funcionario:
    a) Desempeñar personalmente las funciones del cargo en forma regular y continua, sin perjuicio de las normas sobre delegación;

    b) Orientar el desarrollo de sus funciones al
    cumplimiento de los objetivos de la institución y a la
    mejor prestación de los servicios que a ésta correspondan;

    c) Realizar sus labores con esmero, cortesía,
    dedicación y eficiencia, contribuyendo a materializar los
    objetivos de la institución;

    d) Cumplir la jornada de trabajo y realizar los
    trabajos extraordinarios que ordene el superior jerárquico;

    e) Cumplir las destinaciones y las comisiones de
    servicio que disponga la autoridad competente;

    f) Obedecer las órdenes impartidas por el superior jerárquico;

    g) Observar estrictamente el principio de probidad administrativa, que implica una conducta funcionaria moralmente intachable y una entrega honesta y leal al desempeño de su cargo, con preeminencia del interés
    público sobre el privado;

    h) Guardar secreto en los asuntos que revistan el carácter de reservados en virtud de la ley, del reglamento, de su naturaleza o por instrucciones especiales;

    i) Observar una vida social acorde con la dignidad del cargo;

    j) Proporcionar con fidelidad y precisión los datos que la institución le requiera relativos a situaciones personales o de familia, cuando ello sea de interés para la Administración, debiendo ésta guardar debida reserva de los mismos;

    k) Denunciar ante el Ministerio Público o ante la policía si no hubiere fiscalía en el lugar en que el funcionario presta servicios, con la debida prontitud, los crímenes o simples delitos y a la autoridad competente los hechos de carácter irregular, especialmente de aquéllos
    que contravienen el principio de probidad administrativa regulado por la ley Nº 18.575.

    l) Rendir fianza cuando en razón de su cargo tenga la administración y custodia de fondos o bienes, conformidad con la Ley Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República, y

    m) Justificarse ante el superior jerárquico de los cargos que se le formulen con publicidad, dentro del plazo que éste le fije, atendidas las circunstancias del caso.

    Art. 61 Ley 18834 (Estatuto Administrativo)

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    1. Serán obligaciones especiales de las autoridades y jefaturas las siguientes:
      a) Ejercer un control jerárquico permanente del funcionamiento de los órganos y de la actuación del personal de su dependencia, extendiéndose dicho control tanto a la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los
      fines establecidos, como a la legalidad y oportunidad de las actuaciones;

      b) Velar permanentemente por el cumplimiento de los planes y de la aplicación de las normas dentro del ámbito de sus atribuciones, sin perjuicio de las obligaciones propias del personal de su dependencia, y

      c) Desempeñar sus funciones con ecuanimidad y de acuerdo a instrucciones claras y objetivas de general aplicación, velando permanentemente para que las condiciones de trabajo permitan una actuación eficiente de
      los funcionarios.

      Artículo 64 Ley 18834 (Estatuto Administrativo)

      ¿¿¿¿Que parte de esta legislación Excluye a Crispi de no aparecer ante el congreso????

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    2. A un sinvergüenza no le interesan esas cosas, quienes se sienten superiores a los demás, tampoco le interesan.

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    3. en todo caso, Crispi dijo hoy que irá a comparecer ante el Congreso. ¿Será el nuevo "cordero del sacrificio" como no lo fue Jackson?

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    5. Don Máximo y Don José,
      Lo que se puede deducir es que estos delincuentes y criminales, se amparan en que hoy no hay ley, ya que la actual constitución desciende de la que se dictó en la "dictadura sanguinaria" y por lo tanto se sienten con el derecho moral de robar lo que quieran. Lo único que se puede hacer son cuatro alternativas:
      1.- Sacarlos vía congreso: Que para ellos se basa en la constitución "perrochet" y por eso se sentirán mártires;
      2.- Sacarlos por medio del Ejército: Mártires;
      3.-Esperar a que termine su mandato con la posibilidad de una elección de un presidente débil: Base para seguir robando y obtener recursos suficientes para vivir gratis y contraatacar en las nuevas elecciones;
      4.-Amenaza de elección de un presidente fuerte ("Verdaderos Algo", como dice Don Máximo) que los juzgue y sálvese a quien pueda: Esto puede hacer que hoy sean menos descarados "Crispi incluido", porque ya saben que pueden tener problemas por el clamor de los chilenos.
      Difícil panorama.
      Por ahora veo la alternativa 4 como la más viable para recuperar el Estado de Derecho en la República de Chile.
      Estamos en un túnel provocado por una agresión y para salir vivos "de las mega encerronas" se necesita coraje. No lo olviden.

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    6. Robarán hasta el último día, sin duda, no veo que podemos hacer para evitarlo. Si echan a uno quedan los demás. Es una banda organizada para esos fines.

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    7. José, tiene que ir porque se lo dijo la contralaría, no es ningún mérito suyo.

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    8. Censuran Sin Filtros:

      https://www.emol.com/noticias/Espectaculos/2023/10/18/1110340/sin-filtros-final-programa-politico.html

      https://www.youtube.com/watch?v=O6aatjHIujk

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    9. Nunca dije que era "mérito". la presión sobre este chorro es impresionante.-

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  3. Todos rasgando sus vestiduras como Caifás, ¡esto es el acabose!

    No es que quiera bajarle el perfil, peeeeero todos sabemos que roban y sabemos que ellos saben que roban y desde el enfermito para abajo, todos saben que roban. Y ellos saben que nosotros sabemos y nosotros sabemos que ellos saben que sabemos.

    Pero esta vez, cómo será de impresentable que hasta el ContraLol dijo que tenía que ir. Pobrecito, supongo que está juntando puntos a última hora para retirarse dignamente.

    Han pasado varios días; a estas alturas los facinerosos han tenido tiempo suficiente para ponerse de acuerdo en la mentira y eliminar evidencias.

    Total que no he seguido la noticia (es mi culpa, mi gran culpa); sí encontré ayer un video en tuiter donde en una especie de debate JAK se hace un par de chalas con el tal Crispi.

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    1. Jjajaa, Me encanta JAK cuando barre con esta basura.
      Este es un ordinario, un sinvergüenza y un descarado, además de ser parte de la banda de ladrones ¿Que más?

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    3. Don Challenger,

      Tanto tiempo.

      Ese es un video del JAK antiguo. No del flan que es ahora.

      Que decepción.

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    4. Hola Chumingo. Que gusto tenerte de nuevo por aquí.

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